Turismo

Costo de la tarjeta de turismo será incorporado al boleto aéreo

La disposición establece, mediante el decreto 430-17, que el costo de la tarjeta de turismo se incorpore al precio del boleto aéreo.

El presidente Danilo Medina emitió este lunes el decreto 430-17, mediante el cual dispone que el costo de la tarjeta de turismo se incorpore al precio del boleto aéreo. Esta fue una de las medidas adoptadas esta tarde durante la primera reunión del Consejo Nacional de Competitividad con el propósito de incentivar la llegada de turistas al país.

En su artículo 1, el decreto dispone: “que el pago por tarjeta de turismo, a que hace referencia la Ley 199, del 9 de mayo de 1966 y sus modificaciones, se realice mediante la incorporación de dicho valor en el precio de los boletos aéreos y marítimos para aquellos turistas que arriben a la República Dominicana por esas vías”.

El Párrafo I establece que se mantienen las disposiciones para los pasajeros que arriben al país por la vía terrestre, por los pasos fronterizos para tránsito internacional, donde actualmente se cobra la tarjeta de turismo. “Párrafo II: A los pasajeros que arriben al país por vía marítima, en calidad de pasajeros en tránsito, y en tránsito de trasbordo a cruceros, no están previsto en la parte capital del presente artículo”, dice el decreto, que entrará en vigencia a partir del primero de enero del 2018.

Reembolso

Indica que los visitantes que por disposiciones previstas en convenios sobre la base de reciprocidad no estén sujetos al pago de la tarjeta de turismo, tendrán derecho al reembolso del valor pagado por este concepto, el cual deberá requerirse ante las oficinas de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)

Agentes de recepción

El decreto también establece que las empresas dedicadas al transporte internacional de pasajeros por vía aérea y marítima quedan designadas como agentes de recepción para el cobro de los diez dólares estadounidenses al momento de la venta del boleto al visitante a República Dominicana.

En un artículo transitorio, se establece que las embajadas, consulados, compañías touroperadoras y turistas que a la fecha del decreto hayan adquirido tarjetas de turismo y que no hayan vendido, dispondrán de 90 días para realizar la devolución y solicitar el reembolso de los montos pagados a Impuestos Internos.

Esta medida, informó Rafael Paz, director del Consejo Nacional de Competitividad, busca facilitar la llegada de extranjeros y mejorar los niveles de competitividad del país.

(** Note: This article was migrated from a legacy system on 7/15/2023)

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