Condenan a Salvador Holguín al pago de RD$7.0 millones por difamación

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La jueza de la Octava Sala Penal del Distrito Nacional, Suinda Brito, emitió el dictamen de la acusación de Medina contra el comunicador del programa Hilando Fino, a quien halló culpable de “haber violado las disposiciones 29-32-33 Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento”.

El comunicador Salvador Holguín fue condenado este miércoles al pago de RD$7 millones de pesos de indemnización al pago de las costas a favor de la demandante Lucía Medina, presidenta de la Cámara de Diputados, que lo acusó de difamación e injuria.

La jueza de la Octava Sala Penal del Distrito Nacional, Suinda Brito, emitió el dictamen de la acusación de Medina contra el comunicador del programa Hilando Fino, a quien halló culpable de “haber violado las disposiciones 29-32-33 Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento”.

Al argumentar su decisión, Brito citó los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dictada el 02 de julio del 2004, en el que establece que el periodista debe hacer alusión a la fuente que le sirvió de fundamento para sus comentarios.

“La Corte Interamericana cuando llegó el caso (Herrera Ulloa Vs. Costa Rica) allá estableció lo siguiente que para ese tipo de caso se debe tomar en cuenta verificar que el periodista haya hecho alusión a la fuente que le sirve de fundamento a su comentario, error que lamentablemente no existe prueba de que el ciudadano Salvador Holguín lo haya hecho así”.

Lucía Medina acusó a Holguín de dañar su honor al dejar entrever que entre ella y el director de la Policía, Nelson Peguero Paredes, hay una relación sentimental.

“En ese programa (Hilando Fino), según ustedes todos vieron y pudieron apreciar en su momento, lamentablemente el ciudadano (Salvador Hoguín) no hizo referencia, no dijo en ningún momento, lo que estoy diciendo, lo estoy diciendo en base a un vídeo, en base en un programa de Youtube de fulano de tal, difundido en fecha tal, estoy comentando lo que él comentó, lamentablemente no se cubrió no se protegió de esa manera, sobre quién recae la responsabilidad, en el comentario”, afirmó la magistrada.

Brito fijó la lectura íntegra para el 26 de julio de este año, a las 3:00 de la tarde, en la cual correrá el plazo para la correspondiente apelación. 

Más abajo, un video de NCDN 37, canal que difundió en vivo la sentencia de la magistrada Brito.

(** Note: This article was migrated from a legacy system on 7/15/2023)

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