La medida, que se establece mediante el decreto 418-21, tendrá una vigencia de dos años a partir del 2 de julio de este 2021
El Poder Ejecutivo declaró mediante el decreto 418-21 la veda en todo el territorio nacional para la captura, pesca y comercialización de los peces loro, jabón, butú, cotorra, doctores, cirujanos, ángeles, mariposas, pepinos de mar y holoturias.
La prohibición establecida en el decreto 418-21, es de dos años, iniciando el 2 de julio de 2021 y finalizando el 2 de julio de 2023.
La misma disposición establece como excepción a la veda, la comercialización de carne o masa de las especies objeto de la veda, hasta el 30 de agosto de 2021; así como, la recolección de las especies de holotúridos para fines de investigación o estudio científico solo en proyectos autorizados por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Mimarena).
Por otro lado, prohíbe el uso, en todo el territorio nacional, de compresores de buceo para la pesca diurna o captura nocturna de especies acuáticas.
(** Note: This article was migrated from a legacy system on 7/15/2023)