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La Nueva Resolución del MAP: Eficiencia y Transparencia en los Pagos de Prestaciones Laborales

La Nueva Resolución del MAP: Eficiencia y Transparencia en los Pagos de Prestaciones Laborales. Descubre cómo esta medida mejorará la gestión administrativa en las instituciones del Estado y beneficiará a los servidores públicos.

La Nueva Resolución del MAP: Eficiencia y Transparencia en los Pagos de Prestaciones Laborales

Antecedentes y Contexto

En un esfuerzo por mejorar la eficiencia y la transparencia en la gestión de los beneficios laborales, el Ministerio de Administración Pública (MAP) de la República Dominicana ha aprobado una nueva resolución que descentraliza el cálculo y el pago de prestaciones laborales. Esta medida, reflejada en la Resolución No. 316-2024, firmada por el ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, entra en vigor a partir del 19 de octubre de 2024.

Descentralización de los Cálculos de Beneficios Laborales

A partir de la fecha mencionada, las oficinas de recursos humanos de cada ente y órgano del Estado, incluidas las instituciones descentralizadas, serán responsables de calcular y pagar los beneficios laborales a los servidores públicos desvinculados por cualquier causa, incluyendo casos de fallecimiento o pensión. Esta descentralización busca simplificar el proceso administrativo, reducir los tiempos de espera y mejorar la capacidad de respuesta ante las desvinculaciones.

Requisitos y Procedimientos

Los titulares de las áreas administrativas, financieras y de recursos humanos de cada institución deben asegurarse de que los cálculos de beneficios laborales cumplan con los requisitos legales y reglamentarios. Para ello, deben seguir los procedimientos internos que garanticen la precisión y la transparencia en los cálculos y pagos. Las instituciones también deben prever en sus presupuestos las partidas necesarias para cubrir las indemnizaciones legales y el pago de vacaciones en caso de desvinculación, en coordinación con la Contraloría General de la República.

Uso del Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft)

Una de las novedades de esta resolución es la implementación del Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft), desarrollado por el MAP. Este sistema permite a los entes y órganos del Estado realizar de manera directa la gestión administrativa de los beneficios, mejorando la eficiencia y efectividad en los pagos a exservidores públicos. Las instituciones deben subir los cálculos al Reclasoft y adjuntar la documentación correspondiente, incluyendo la cédula personal de identidad y electoral, la certificación de cargo y la carta de desvinculación.

Gestión de Reclamaciones

En caso de disconformidad con el cálculo de las prestaciones laborales, ya sea por parte del empleado o de la institución, se puede presentar una reclamación formal ante la entidad correspondiente dentro de un plazo de 15 días. La institución realizará una revisión interna de los cálculos, y si la disconformidad no se resuelve, se puede acudir al MAP para someter el caso ante la Comisión de Personal. El MAP actuará como órgano fiscalizador y conciliador en la resolución de estos conflictos.

Registro y Control

Todos los cálculos laborales realizados por las diferentes instituciones deben ser remitidos al MAP de manera digital para fines de registro y control. Además, los órganos del Estado en proceso de fusión o eliminación deben validar estos cálculos con el MAP antes de proceder a los pagos.

Impacto y Beneficios

La descentralización del cálculo de los beneficios laborales permitirá a cada ente u órgano administrar de manera más directa y ágil la gestión administrativa y financiera de estos cálculos. Esto simplificará el proceso administrativo, reducirá los tiempos de espera y mejorará la capacidad de respuesta ante las desvinculaciones, contribuyendo a una gestión más eficiente y transparente del Estado dominicano.

Con esta medida, el MAP refuerza su compromiso con la modernización y la eficiencia en la administración pública, beneficiando directamente a los servidores públicos y a la sociedad en general.

Referencias
  1. MAP dispone que entidades públicas realicen sus cálculos de prestaciones laborales y pagos correspondientes a partir del 19 de octubre
  2. MAP descentraliza cálculo beneficios laborales en el Estado
  3. El MAP descentraliza el cálculo de beneficios laborales a partir del 19 de octubre

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