El Ministerio de Defensa de la República Dominicana ha dado un paso decisivo hacia el fortalecimiento de la disciplina militar y la seguridad ciudadana mediante la emisión de la circular 6-2025, que establece restricciones claras para el porte de armas de fuego por parte del personal militar en establecimientos donde se expenden bebidas alcohólicas.
Alcance y Especificaciones de la Nueva Medida
La circular, firmada por el ministro Carlos Antonio Fernández Onofre, prohíbe categóricamente a todos los miembros de las Fuerzas Armadas dominicanas portar armas de fuego cuando acudan a discotecas, bares, drinks, colmadones y otros establecimientos de naturaleza similar. Esta restricción aplica tanto cuando el personal militar vista de uniforme como de civil, demostrando el compromiso institucional con la responsabilidad y la seguridad pública.
La medida, que debe cumplirse de manera estricta, constituye una reiteración y fortalecimiento de disposiciones previamente establecidas en 2006, adaptándolas a las realidades contemporáneas y reforzando los estándares de conducta militar que caracterizan a nuestras prestigiosas Fuerzas Armadas.
Regulación del Comportamiento en Redes Sociales y Comunicaciones
Un aspecto innovador de la circular incluye directrices específicas sobre el uso responsable de las redes sociales y medios de comunicación. La normativa instruye a evitar el uso de vestimentas, lenguajes, comportamientos o acciones inapropiadas a través de medios de comunicación físicos, digitales, electrónicos o de cualquier índole.
Particularmente, se recomienda eludir el uso de redes sociales para difundir acciones que no estén acordes con una conducta que refleje los principios y valores institucionales de las Fuerzas Armadas dominicanas. Esta medida busca preservar la imagen institucional y garantizar que la representación pública de nuestros militares sea siempre digna y profesional.
Canales Oficiales de Comunicación
La circular establece que únicamente el Ministerio de Defensa y las Comandancias Generales, o las personas debidamente autorizadas por estas instituciones, podrán ofrecer declaraciones oficiales sobre las actividades sociales, culturales, deportivas y religiosas de las Fuerzas Armadas. Esta medida garantiza la coherencia en la comunicación institucional y evita malentendidos o interpretaciones erróneas de las actividades militares.
Marco Legal y Sanciones
La normativa se fundamenta en las disposiciones de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (139-13), específicamente en su artículo 190, que regula las declaraciones no autorizadas. El incumplimiento de estas disposiciones constituye la comisión de faltas graves establecidas en los ordenamientos legales vigentes.
Las sanciones por inobservancia serán aplicadas conforme a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas y el Reglamento Militar Disciplinario, garantizando así que todos los miembros de la institución mantengan los más altos estándares de conducta profesional y personal.
Implementación y Seguimiento
Para garantizar el cumplimiento efectivo de la circular, el ministro Fernández Onofre ha instruido a todos los oficiales ejecutivos y de las instituciones militares a adoptar las medidas correspondientes. La orden será leída y colocada en lugares visibles y de fácil acceso en todos los recintos, campamentos, destacamentos, puestos militares terrestres, navales y aéreos del país.
Esta medida de difusión asegura que todos los miembros de las Fuerzas Armadas, sin distinción de rango, categoría o función, tengan pleno conocimiento de sus responsabilidades y de las expectativas institucionales respecto a su comportamiento tanto dentro como fuera del servicio.
Fortalecimiento de la Imagen Institucional
La implementación de esta circular representa un avance significativo en el fortalecimiento de la disciplina militar y la consolidación de la imagen positiva de las Fuerzas Armadas dominicanas ante la sociedad. Esta medida demuestra el compromiso institucional con los más altos valores éticos y profesionales, características que han distinguido históricamente a nuestras fuerzas militares.
La iniciativa del Ministerio de Defensa refleja una visión moderna y responsable de la función militar en la sociedad dominicana, donde la disciplina, el respeto y la responsabilidad social constituyen pilares fundamentales de la institución. Esta medida contribuirá significativamente a mantener la confianza ciudadana en nuestras Fuerzas Armadas y a fortalecer su papel como garantes de la seguridad y la estabilidad nacional.
La circular 6-2025 representa un ejemplo claro del compromiso continuo del Ministerio de Defensa con la excelencia operacional y la integridad institucional, valores que seguirán siendo la base del prestigio y la efectividad de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana en su noble misión de servir y proteger a la patria.
Referencias usadas en Artículo
1. El Ministerio de Defensa prohíbe militares porten armas en centros de bebidas alcohólicas
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