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Ley 98-25: Un paso decisivo hacia la gestión sostenible de residuos sólidos en República Dominicana

Descubre cómo la Ley 98-25 impulsa la gestión sostenible de residuos sólidos en República Dominicana, estableciendo metas ambiciosas para reducir la contaminación plástica y fomentar la economía circular, posicionando al país como un referente ambiental en la región.

La República Dominicana ha tomado un paso histórico en la lucha contra la acumulación de residuos sólidos con la promulgación de la Ley 98-25, una normativa que rediseña completamente el sistema de gestión de basura en el territorio nacional. Esta reforma legislativa representa el resultado de un arduo trabajo entre el Poder Ejecutivo, el Congreso Nacional y diversos sectores de la sociedad dominicana, buscando equilibrar la protección del ambiente con el desarrollo económico del país.

El presidente Luis Abinader promulgó esta ley tras evaluarla cuidadosamente, presentando observaciones que fueron incorporadas por la Cámara de Diputados y aprobadas unánimemente por el Senado, según confirmó el Gobierno dominicano. Este proceso legislativo transparente demuestra el compromiso de las instituciones públicas con la construcción de políticas ambientales responsables que respeten tanto la naturaleza como la capacidad productiva nacional.

El desafío histórico que enfrenta el país

Durante décadas, la gestión de residuos sólidos se ha convertido en uno de los problemas más persistentes de la nación dominicana. A pesar de sucesivas administraciones y múltiples intentos por resolverlo, la acumulación descontrolada de basura ha degradado ecosistemas, contaminado fuentes de agua y afectado la salud pública de millones de ciudadanos.

Este nuevo marco legal surgió precisamente porque la normativa anterior resultó insuficiente ante la magnitud del desafío. El Gobierno reconoce que era necesaria una reforma más profunda y estructural que atacara las raíces del problema, incorporando mecanismos más rigurosos de control y supervisión, como expone Diario Libre.

Metas ambiciosas para transformar la nación

El Gobierno dominicano se ha propuesto objetivos extraordinarios que transformarían radicalmente la realidad ambiental del país. De acuerdo con la Plataforma de Acción por los Plásticos de la República Dominicana, coordinada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, las metas incluyen:

  • Reducir en ochenta y siete por ciento los residuos mal gestionados en todo el territorio nacional
  • Disminuir el ingreso de plásticos a ríos, lagos y océanos de doscientos cuarenta y cuatro mil toneladas a dieciocho mil en el largo plazo
  • Aumentar el volumen de reciclaje de veintitrés mil a ciento treinta y seis mil toneladas
  • Elevar la circularidad del plástico del seis por ciento al cincuenta y tres por ciento en el mismo período

Estas proyecciones reflejan la visión a largo plazo de una nación dominicana más limpia, más verde y más responsable con las generaciones futuras.

El sistema de prohibiciones: un régimen progresivo

La Ley 98-25 establece un sistema de prohibiciones que se implementará de manera gradual, permitiendo que los sectores afectados se adapten sin sufrir quiebras precipitadas. Este enfoque pragmático demuestra la intención del Gobierno de ser firme en la protección ambiental sin sacrificar innecesariamente el tejido empresarial nacional.

Prohibiciones inmediatas en la importación
Desde la entrada en vigencia de la ley, quedará prohibida la importación de sorbetes, tenedores, cuchillos, cucharas, tapas, vasos y cualquier otro producto fabricado en poliestireno expandido, conocido popularmente como foam, que no cuente con certificación de biodegradabilidad. Esta medida busca frenar el ingreso de productos de un solo uso que generan contaminación masiva.

Prohibiciones con plazo de doce meses
Transcurrido un año desde la entrada en vigencia de la normativa, quedará prohibida la comercialización dentro del territorio nacional de pajillas o sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas fabricados en plástico que no presenten la certificación de biodegradabilidad. Existe una excepción para los envases térmicos de foam con tapa adherida en forma de bisagra destinados al consumo de alimentos.

Así mismo, se prohibirá que los establecimientos comerciales entreguen gratuitamente fundas de un solo uso, obligando a consumidores y negocios a adoptar alternativas reutilizables o biodegradables.

Incorporación obligatoria a programas de responsabilidad extendida
Los productores de fundas y botellas plásticas tendrán doce meses para sumarse a un programa específico de responsabilidad extendida del productor, mediante el cual deberán recuperar, tratar y disponer de manera segura los residuos generados por sus productos.

Reorganización municipal
Las alcaldías y distritos municipales contarán con treinta y seis meses para promover la implementación progresiva de programas de separación en la fuente y recolección selectiva de residuos, fortaleciendo así la cultura del reciclaje desde el nivel local.

Excepciones que consideran la realidad nacional

Reconociendo que en ciertos sectores no existen aún sustitutos viables, la ley contempla excepciones justificadas. Se permite la importación de envases médicos y de laboratorio, así como de plásticos utilizados en obras viales y de construcción, sectores donde la innovación en alternativas biodegradables aún está en desarrollo.

Control riguroso sobre plásticos y foam

Más del cincuenta y cinco por ciento de los residuos sólidos que ingresan a los principales ríos del Distrito Nacional corresponde a foam, lo que ilustra la urgencia de esta intervención legislativa, como reafirma El Nuevo Diario. La contaminación por este material ha alcanzado proporciones críticas que amenazan la viabilidad de ecosistemas acuáticos.

Estándares de biodegradabilidad
La nueva normativa establece que los plásticos comercializados en el país deben contar con certificación que garantice una biodegradación mínima del veinte por ciento en el primer año, o del noventa por ciento en un plazo máximo de cinco años. Esta exigencia técnica obliga a la industria a invertir en investigación y desarrollo de alternativas verdaderamente sostenibles.

Se prohíbe expresamente el uso de foam que no incorpore aditivos biodegradables certificados. Esta disposición busca eliminar gradualmente los productos que permanecen en el ambiente durante décadas sin degradarse.

Fiscalización y sanciones
Para asegurar el cumplimiento de estas disposiciones, se realizarán auditorías anuales a fabricantes e importadores. La violación de estos mandatos será clasificada como infracción grave, conllevando la inhabilitación de las empresas infractoras por al menos dos años, además de la confiscación temporal de maquinarias.

Estructura de plantas de valorización

La ley establece que en cada una de las regiones del país operará únicamente una planta de valorización, es decir, un centro de separación de residuos orgánicos e inorgánicos. Estas instalaciones deberán mantenerse a una distancia mínima de cincuenta kilómetros entre sí. En la región Ozama, la más densamente poblada, se permitirá más de una instalación.

Esta regulación busca evitar prácticas monopólicas mientras asegura una cobertura territorial adecuada.

Sistema de contribuciones: compartir la responsabilidad

El marco legal fija un aporte anual obligatorio que varía según la envergadura de cada empresa. Las compañías con ingresos menores contribuirán con una suma accesible, mientras que las empresas de gran tamaño aportarán una cifra acorde a sus ingresos.

Estos aportes serán deducibles de las rentas brutas e indexados conforme al costo de la vida, garantizando que la carga no se vuelva excesiva debido a la inflación.

Aunque los legisladores destacan que estos montos son inferiores a los aplicados en otros países de América Latina, el esquema ha generado cierta resistencia en sectores empresariales que temen el impacto en sus márgenes de ganancia.

La industria plástica: motor económico en transición

La industria del plástico representa una de las columnas vertebrales de la economía dominicana, generando una significativa cantidad de empleos directos e indirectos y aportando notables ingresos al fisco nacional. El sector genera miles de empleos y contribuye considerablemente al desarrollo nacional.

Dependencia de importaciones
Las empresas nacionales importan la mayor parte del plástico utilizado en el país, especialmente para la fabricación de envases, bebidas no alcohólicas y productos químicos. Esta dependencia extranjera refleja la magnitud de la demanda interna de materiales plásticos.

Exportaciones y empleos secundarios
En los últimos años, las exportaciones de productos plásticos han alcanzado cifras considerables, reforzando la competitividad nacional en mercados internacionales. Además, el manejo de desperdicios plásticos ha generado nuevos empleos vinculados al reciclaje y la valorización.

Las ventas internas de productos plásticos han aumentado el recaudo fiscal, evidenciando la importancia de este sector para la economía de la República Dominicana.

El sector de reciclaje: oportunidades emergentes

Aunque el sector de reciclaje procesa apenas una parte de los materiales plásticos, ha mostrado un potencial extraordinario. El subsector genera empleos directos y ha aumentado sus exportaciones, generando divisas e impulsando la economía circular.

Los principales destinos de estas exportaciones, como México, Estados Unidos y China, valoran la calidad de los materiales reciclados dominicanos. El volumen de exportación sigue en aumento, lo que demuestra el avance del país hacia una industria verde y sostenible.

Plazos adicionales para la transformación

La modificación a la Ley de Residuos Sólidos incorpora obligaciones adicionales con plazos específicos para favorecer una transición

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