Los comentarios del comunicador Arvelo Aybar se produjeron en el espacio “El Gobierno de la Mañana”, que se transmite en la emisora Z 101 FM.
La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía suspendió este martes por 20 días a Álvaro Arturo Arvelo Aybar de sus presentaciones en radio y televisión por sus comentarios “ofensivos” sobre la figura del Padre de la Patria, Juan Pablo Duarte.
La medida de Espectáculos Públicos y Radiofonía, contra Arvelo Aybar, comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, surge tras la petición del Instituto Duartiano, que ayer anunció en rueda de prensa que lo sometería a la acción de la justicia.
Los comentarios del comunicador se produjeron en el espacio “El Gobierno de la Mañana”, que se transmite en la emisora Z 101 FM.
“(Sus comentarios) Atentan contra los valores patrióticos e históricos de nuestra nación y agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17”, explica la Comisión en un documento de prensa.
La Comisión expresó también que hizo una “advertencia legal” a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos y radiales para que se proceda hacer cumplir la resolución de suspensión.
La Comisión asegura que el comunicador llamó a Duarte de la siguiente manera: “cobarde, depresivo y homosexual”, “canalla, histérico, vacilante”… estaba en la selva con unos brujos”.
Comunicado íntegro enviado por la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos:
En vista de la solicitud realizada por el Instituto Duartiano sobre los pronunciamientos en contra del Padre de La Patria, los cuales atentan contra los valores patrióticos e históricos de nuestra nación y agregado a esto el creciente descontento de la población, visto en un sin número de solicitudes hechas por personalidades a través de las redes sociales y otros medios, amparados en la ley y asumiendo como se ha hecho en otros casos similares, ha emitido la resolución 002-17.
La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, inhabilita por período de veinte (20) días de sus presentaciones en radio y televisión, al comunicador/locutor poseedor del carnet No.3156, señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar.
Dicha medida se atribuye al haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio en el juicio emitido en el que expresó “una serie de imputaciones, ofensas, expresiones contrarias a la moral y a las buenas costumbres, así como aseveraciones que profanan el nombre, la obra y la imagen del Padre de la Patria y Fundador de la República, “Juan Pablo Duarte” siendo, la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana.
En efecto, el señor Álvaro Arturo Arvelo Aybar, en su participación de fecha veinte y ocho (28) de septiembre del presente año, dos mil diecisiete (2017), en el programa de radio “El Gobierno de la Mañana” que se transmite por la emisora “Z 101” hace imputaciones desconsideradas, de mal gusto, irrespetuosas que atacan severamente el honor del Prócer Juan Pablo Duarte al afirmar que: “Duarte era un vacilante… Este hombre escapa, pasa 20 años al margen del país y de la familia. La madre va muriendo…los abandonó. Depresivo… Un irresponsable que arrastró a su familia a la miseria y a la muerte… Veo a ese Duarte irresponsable. No fue consecuente con la familia ni con la Patria… Por qué yo digo que Gregorio Luperón es el Padre de la Patria…y no Duarte? … Irresponsable… charlatán… vacilante… desgració su familia y no hizo nada por este país… no hizo nada…” Además lo llama: “cobarde”, “depresivo y homosexual”, “canalla”, “histérico”, “vacilante” y que “estaba en la selva con unos brujos”, entre otras expresiones a rentosas y atrevidas, dichas reiteradas veces.
La CNEPR además realizó expresa advertencia Legal¨, a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos y radiales, para que se proceda hacer cumplir la presente resolución, por las razones antes expuestas y que en lo sucesivo procedan a regularizar la transmisión de contenidos a través de los medios de comunicación dominicanos.
En vista de que Reglamento 824 de ley 1951, para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, le da facultad a dicha Comisión de someter a la acción de la justicia a los que lo infrinjan esta o cualquier otra disposición legal confiada a su vigilancia, por tanto debe estar sujeta en todo momento a las normas que prescriben la ley de telecomunicaciones, los convenios internacionales.
(** Note: This article was migrated from a legacy system on 7/15/2023)