Un paso histórico hacia la justicia más moderna y humana
Santo Domingo. — En la mañana del domingo siete de diciembre de dos mil veinticinco, el Presidente de la República, Luis Abinader, promulgó la Ley número 97-25, mediante la cual se realiza una importante reforma al Código Procesal Penal dominicano. Este acto representa un hito trascendental en la historia judicial del país, marcando el cumplimiento de la Sentencia TC 0765-24 del Tribunal Constitucional que ordenó la sustitución de la Ley 10-15, abriendo así una nueva era en la administración de justicia penal en la nación.
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, informó que esta reforma apuesta por una normativa acorde con los principios democráticos más sólidos y asume los distintos criterios que tanto el Tribunal Constitucional como la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia han venido creando en la materia. La nueva legislación moderniza profundamente el texto procesal penal vigente, fortaleciendo parte importante de los veintiocho principios del proceso penal y consolidando un modelo más ágil, garantista y coherente con el Estado social y democrático de Derecho que caracteriza a nuestra República.
Una transformación profunda del sistema de justicia
La publicación de la reforma en la Gaceta Oficial se realizó el día siguiente a su promulgación, entrando en vigor a partir del martes siguiente en el Distrito Nacional y a partir del miércoles en el resto del país. Este despliegue ordenado garantiza una transición efectiva del sistema judicial dominicano hacia nuevos parámetros de modernidad y eficiencia.
Entre los elementos más destacables del texto promulgado figura la ampliación significativa de los mecanismos modernos de resolución de conflictos, que incluye la justicia restaurativa, criterios de oportunidad, acuerdos, conciliaciones, procedimientos abreviados y la suspensión condicional del procedimiento. Esta última medida, ahora disponible para hechos sancionados con hasta cinco años de prisión, representa una apertura del sistema hacia prácticas más humanitarias y resolutivas que favorecen la paz social.
Fortalecimiento de derechos fundamentales
La reforma fortalece significativamente el derecho de defensa y las garantías procesales al elevar los principios fundamentales y modernizar los procedimientos en toda su estructura. Se refuerza la presunción de inocencia, reconocimiento fundacional de toda justicia democrática, y se asegura la asistencia técnica integral para las partes vulnerables, garantizando así una aplicación más humana mediante el principio de favorabilidad procesal.
Los derechos del investigado se activan desde los primeros actos del proceso, como la citación o la inmovilización de fondos, ampliándose el plazo para que la defensa presente su escrito de defensa. Además, se otorgan más oportunidades para que la defensa solicite contraperitajes, y se establecen, por primera vez en la legislación procesal penal dominicana, plazos máximos de dos años para los archivos provisionales, que anteriormente carecían de límite temporal alguno.
Mayor rigor en medidas de coerción y garantías de celeridad
En el régimen de medidas de coerción, la reforma establece reglas más claras sobre el arresto y las órdenes de comparecencia, imponiendo un mayor rigor en el control judicial durante la revisión obligatoria. Este sistema responde a exigencias fundamentales de necesidad, razonabilidad y estricta motivación para cualquier restricción de libertad, fortaleciendo así la protección de los ciudadanos dominicanos frente al ejercicio del poder estatal.
Se incorpora explícitamente el criterio de plazo razonable, estableciendo un máximo de cuatro años para casos ordinarios y cinco años para casos complejos, con criterios claros para su cómputo. Esta medida garantiza que ningún ciudadano se vea atrapado en procesos judiciales indefinidos, asegurando la efectividad real del acceso a la justicia.
Se garantiza un recurso de apelación efectivo al eliminar la figura del "nuevo juicio" y otorgar facultades a las cortes para instruir el proceso conforme a las reglas del juicio ordinario, asegurando así un doble grado de jurisdicción real y funcional que protege el derecho de todo dominicano a ser oído por una instancia superior.
Un producto del consenso y la participación nacional
Las extensas sesiones de trabajo que dieron como resultado esta importante reforma contaron con la participación de múltiples actores de la sociedad dominicana. No solamente legisladores, sino también importantes sectores del Estado y la comunidad civil participaron activamente, permitiendo que se arribara a consensos profundos y transversales. En el proceso intervinieron el Ministerio Público, la Defensa Pública, el Poder Judicial, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y distintos representantes de la comunidad jurídica, cada uno aportando su experiencia y perspectiva para construir un sistema de justicia superior.
El Código Procesal Penal reformado está orientado a mejorar la administración de justicia penal y modernizar profundamente el sistema, impulsando una transformación basada en la celeridad, la economía procesal, la especialización y el consenso entre las partes, con el objetivo claro de lograr una justicia más rápida, eficaz y centrada en la solución real del conflicto. La nueva legislación presenta además una necesaria armonización con el nuevo Código Penal, que se expresa en la adecuación a la nueva clasificación de infracciones, creando un cuerpo legal coherente y moderno.
Con estas transformaciones, que se unen a la Ley de Extinción de Dominio y la reforma al Código Penal recientemente impulsadas, la República Dominicana consolida una justicia penal más humana, moderna y efectiva, en sintonía con los estándares constitucionales internacionales y los desafíos del sistema judicial contemporáneo. Este avance legislativo ratifica el compromiso de la nación dominicana con el fortalecimiento del Estado de Derecho, la protección de las garantías fundamentales de todos sus ciudadanos y la construcción de instituciones judiciales capaces de responder a las exigencias de una sociedad democrática, moderna y justa.
Referencias usadas en Artículo
- Abinader promulga la ley que reforma el Código Procesal Penal
- Sentencia TC 0765-24 – Tribunal Constitucional
- Presidente Abinader promulga la Ley que reforma el Código Procesal Penal
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