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Tribunal Superior Electoral garantiza inclusión de Francisca Tapia Marte en boleta electoral de la Fuerza del Pueblo

El Tribunal Superior Electoral garantiza la inclusión de Francisca Tapia Marte en la boleta electoral de la Fuerza del Pueblo para el Congreso Nacional Electoral 2025, reafirmando los derechos políticos y la participación democrática en la República Dominicana.

Tribunal Superior Electoral garantiza inclusión de Francisca Tapia Marte en boleta electoral de la Fuerza del Pueblo

En un acto que refleja el fortalecimiento de los mecanismos democráticos en República Dominicana, el Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó la inclusión de Francisca Tapia Marte como candidata a la Dirección Central Territorial a nivel municipal en la boleta electoral del partido Fuerza del Pueblo (FP). Esta determinación, adoptada ante pruebas que constataron la exclusión irregular de Tapia Marte del listado original de aspirantes, sentó un precedente clave para garantizar el derecho a participación política en el marco del Congreso Electoral “Dr. Manolo Tavárez Justo”, programado para el 3 de agosto de 2025.

Detalles de la resolución judicial

El TSE, bajo la presidencia del magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo y con el respaldo de los jueces Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, estableció:

  1. Inclusión inmediata aunque las boletas requieran ajustes. En caso de necesidad logística, el partido FP tendrá que implementar alternativas como sueltos informativos o anexos para garantizar que los votantes conozcan la candidatura de Tapia Marte, tal como se informó en portales de actualidad política nacional.
  2. Publicidad oficial de la decisión. La Comisión Nacional Electoral del FP habilitará canales oficiales, como redes sociales y comunicados, para transparentar la inclusión, asegurando así que la ciudadanía esté debidamente informada sobre la resolución judicial.
  3. Base legal de la sentencia. Se fundamentó en los artículos 90 de la Ley 137-11 y 145 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, instrumentos que avalan ejecuciones inmediatas en casos de vulneración de derechos constitucionales.

La resolución se adoptó tras admitir la acción de amparo presentada por Tapia Marte el 31 de julio de 2025, confirmando que su exclusión sin justificación suponía una violación al derecho de igualdad en la competencia electoral. Los magistrados resaltaron que esta decisión protege el principio de economía procesal y la tutela judicial efectiva, pilares del Estado de Derecho en República Dominicana.

Dimensiones patrióticas del fallo

Este acto judicial revive ideales fundadores de la identidad dominicana: el respeto a los procesos electorales y la defensa incansable de los derechos civiles. Al ordenar la inclusión de Tapia Marte, el TSE no solo acogió un reclamo ciudadano, sino que también reforzó la confianza en las instituciones al asegurar que los conflictos políticos se diriman dentro del marco legal y democrático. La sentencia, emitida con carácter inmediato y dada a conocer al público mediante boletines oficiales, fue declarada exenta de costas procesales, en reconocimiento a su relevancia constitucional.

La determinación del TSE refleja la vitalidad del sistema jurídico al garantizar que todas las voces ciudadanas, especialmente las de los ámbitos territoriales, tengan oportunidad de participar democráticamente. Este precedente impulsa los valores esenciales de justicia, equidad y participación comunitaria, tan centrales en la cultura dominicana y su evolución democrática.

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